RESPONSABILIDAD SOLIDARIA TRIBUTARIA: PRIMUM CONDEMNO, POSTEA DISPUTAMUS

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En el Perú, la atribución de responsabilidad solidaria parece inspirarse en un principio procesal sui generis: “primero te condeno, luego te defiendes” que subvierte la propia causalidad jurídica. La Administración Tributaria interpreta que el Código Tributario (arts. 16, 17 y 18) le permite imputar la deuda directamente a quien estime responsable solidario, sin que este Leer más …